Señala UACM inviable remover a la rectora

En Terra

México.- El abogado general de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM) consideró que es improcedente revocar de su cargo a la Rectora Esther Orozco.

Aunque el Consejo Universitario de la UACM integró ya un expediente en contra de la Rectora Esther Orozco, este órgano de Gobierno carece del procedimiento para llevar a cabo este proceso, señala un análisis del abogado general de la Universidad, José de Jesús Izquierdo.

Además, indica, en caso de establecerlo para analizar la situación de Orozco, estaría violando artículos constitucionales.

'Establecer un procedimiento que incluya (la revocación) violentaría el artículo 14 constitucional, que dice: 'nadie debe ser privado de sus derechos sino mediante juicio seguido ante los tribunales, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho'', señala.

Este análisis junto con un dos expedientes más -uno con argumentos para destituir a la Rectora y otro en su defensa- fueron entregados ayer al Consejo Universitario a fin de que sus comisiones de Asuntos Legislativos, Mediación y Conciliación y Hacienda los analicen y dictaminen.

En abril, la Rectora difundió diversos diagnósticos sobre el desempeño académico de la institución y acusó que grupos políticos a su interior impedían la toma de decisiones, lo que generó el descontento de diversos sectores que demandan su destitución.

'Hay vacíos legales dentro del sistema universitario y se pueden caer en violaciones constitucionales porque no pueden hacerse procedimiento para una persona', advirtió el abogado general.

De acuerdo con el Estatuto General Orgánico de la UACM, las atribuciones del abogado general son, entre otras, asesorar a los órganos de gobierno, de administración y cualquier otra instancia de la Universidad, así como dar a conocer y vigilar el cumplimiento del marco jurídico de la Universidad.

El análisis El abogado general de la UACM señala limitaciones para revocar a la Rectora Orozco: · Señalar que no está comprometida con la universidad pública es una apreciación subjetiva que contradice la valoración que se hizo de la funcionaria para ser designada en el cargo.

· Aunque el Estatuto General Orgánico de la UACM señala causales para la revocación de mandato, no establece el procedimiento.

· La comisión de mediación y conciliación del Consejo Universitario debe mediar entre partes antes de imponer sanciones.

· Establecer un procedimiento para destituir a Orozco violaría sus derechos constitucionales, porque toda persona debe ser juzgada con procedimientos y leyes expedidas con anterioridad.


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