1. ¿LA COORDINACIÓN ACADÉMICA TIENE ATRIBUCIONES
PARA REALIZAR LOS AJUSTES AL PROCESO
DE INSCRIPCIÓN, SEÑALADOS EN LA CIRCULAR
EMITIDA EL 12 DE OCTUBRE?
RESPUESTA: SÍ. La Coordinación Académica es un
área de la Rectoría, y ésta tiene la atribución de “coordinar
y ejecutar programas de organización y reorganización
de la gestión administrativa de la Universidad
y establecer los procedimientos y métodos de trabajo,
para que las funciones se realicen de manera articulada,
congruente y eficaz” (Artículo 47, Fracción IV del
Estatuto General Orgánico).
Por otra parte, el Artículo Décimo Segundo Transitorio
del Estatuto General Orgánico señala que “En
tanto entra en vigor la nueva estructura académica y
administrativa [que aprobará el Congreso Universitario
y, en su caso, el Consejo Universitario], estarán en funcionamiento
las instancias administrativas y de apoyo
académico previstas en la Norma Número Cuatro, en
lo que no se opongan al presente Estatuto”.
Por su parte, el Artículo 11 de la Norma Cuatro dice
que “A la Coordinación Académica le corresponde organizar
y orientar las actividades académicas, procurando
una operación eficaz de los planes y programas
autorizados”, y la Fracción III de este mismo artículo
sostiene que corresponde a la Coordinación Académica
“Propiciar un proceso ágil de inscripción y preinscripción,
a fin de que las numerosas instancias participantes
desarrollen el trabajo de manera coordinada”.
Por todo ello la Coordinación Académica sí tiene
atribuciones para realizar los ajustes al proceso de inscripción,
contenidos en la Circular emitida el 12 de octubre
de este año.
2. ¿A PARTIR DEL SEMESTRE 2011-I, SE PROHIBIRÁN
LOS OYENTES?
RESPUESTA: NO. Sí podrá haber oyentes, siempre y
cuando el número de estudiantes en un salón no rebase
un total de 30. Sin embargo, se tomarán medidas
para tratar de evitar que los estudiantes tengan que
recurrir a la figura de oyentes, entre ellas:
a) Los estudiantes se inscribirán después de conocer
los resultados de la certificación.
b) Se abrirán los grupos necesarios para que todos
los estudiantes tengan cupo en grupos de
no más de 30 ni menos de seis estudiantes. No
obstante, se considerará abrir grupos de seis estudiantes
o menos si el caso está debidamente
justificado.
c) Si un grupo no llega a 30 estudiantes, podrá ingresar
como oyentes un número de estudiantes
igual al que sume 30 estudiantes entre inscritos
y oyentes. Durante la segunda semana de clases
los oyentes serán inscritos en ese grupo mediante
la modalidad de “inscripción extemporánea”.
d) Hasta ahora, los estudiantes pueden inscribirse
en no más de cinco cursos. A partir del semestre
2011-1 podrán hacerlo hasta en siete cursos.
e) Al limitar el cupo de los grupos a 30 estudiantes
estaremos cumpliendo el Acuerdo del Consejo
Universitario UACM/CU/EX06/042/09, que señala
que “los cursos de licenciatura se ofrecerán
(…) en grupos de hasta 30 estudiantes”.
3. ¿TODAS LAS CLASES SERÁN DE HORA Y MEDIA?
¿NO SE PERMITIRÁN SESIONES DE TRES
HORAS?
RESPUESTA: NO. La mayoría de los cursos están organizados
en dos sesiones de hora y media a la semana.
Sin embargo, los seminarios, talleres, laboratorios,
prácticas, trabajo de campo y otras modalidades de
sesiones de ciertas licenciaturas e ingenierías continuarán
siendo de tres horas. Lo que se trata de impedir
es que sin justificación académica alguna y al
margen de los planes de estudio y programas de los
cursos registrados oficialmente, se fusionen dos sesiones
de hora y media en una sola sesión de tres horas.
4. ¿HABRÁ CLASES LOS MIÉRCOLES?
RESPUESTA: SÍ. Si es necesario, podrán programarse
clases los miércoles. Esta medida nos permitirá aprovechar
de manera más racional la infraestructura para
la docencia instalada en los planteles, sobre todo en
los más pequeños, ya que en ellos se tiene un agudo
problema de falta de salones en los horarios más demandados.
Además, el diseño de los horarios de clases
tendrá como prioridad el criterio de beneficio a las
condiciones de aprendizaje de los estudiantes.
5. ¿SE IMPEDIRÁN LAS REUNIONES DE LAS
ACADEMIAS?
RESPUESTA: NO. Las Academias se seguirán reuniendo.
Si es necesario, los profesores podrán suspender
clases el día de la reunión, con el compromiso de que
estas sesiones serán repuestas. Pero debe notarse que
en la programación de horarios quedará tiempo disponible
para que las Academias se reúnan sin necesidad
de suspender clases.
6. ¿LAS CIRCULARES ATENTAN CONTRA EL MODELO
EDUCATIVO DE LA UACM?
RESPUESTA: NO. Por supuesto, la UACM seguirá
siendo una universidad pública autónoma, sin costo
para sus estudiantes; promotora de una educación crítica,
científica y humanística centrada en la formación
del estudiante; abierta a la flexibilidad curricular y a la
no especialización temprana; con diversos ámbitos de
aprendizaje y docencia; con evaluaciones formativas y
diagnósticas; con colegialidad en el trabajo académico;
en la que se certifica el conocimiento, y respetuosa
de la libertad de cátedra. Las Circulares emitidas por la
Coordinación no alteran ninguno de estos principios.
Asimismo, el modelo educativo de la UACM se basa,
entre otros factores, en la atención docente a grupos
pequeños en el aula, y de manera personalizada mediante
asesorías y tutorías, y no en la proliferación de
grupos de hasta 60 estudiantes.
7. ¿ES AUTORITARIO EL PROCEDIMIENTO DE EMITIR
CIRCULARES?
RESPUESTA: NO necesariamente, y no en este caso.
Veamos. Se trata de dos Circulares. La Coordinación
Académica emitió la Circular sobre el Procedimiento
de Elaboración de Oferta de Cursos, Mallas Horarias
y Asignación de Cargas Docentes para el Semestre
2011-I y, de manera conjunta con la Coordinación de
Certificación y Registro, la Circular sobre Modificaciones
al Calendario Escolar. Ambas Circulares se enviaron
a las direcciones electrónicas de los profesores y
están publicadas en la página electrónica de la Universidad
desde el 12 de octubre.
La Circular sobre Modificaciones al Calendario Escolar
fue puesta a consulta de la comunidad universitaria,
del 12 al 22 de octubre. Posteriormente, a solicitud
de estudiantes de San Lorenzo Tezonco, se amplió
el periodo de consulta hasta el 10 de noviembre. Así,
esta Circular estuvo sometida a consulta durante casi
un mes. Se formará una comisión plural para analizar
las propuestas de quienes decidieron participar en la
consulta. En el caso de esta Circular no hay, pues, ningún
ejercicio autoritario.
La Circular sobre el Procedimiento de Elaboración
de Oferta de Cursos, Mallas Horarias y Asignación de
Cargas Docentes para el Semestre 2011-I se emitió
por la Coordinación Académica en cumplimiento de
una responsabilidad que le señala la normatividad de
la Universidad, tal como quedó expresado en la respuesta
a la primera pregunta. Y lo hizo ante la proximidad
del inicio del nuevo semestre, cuya planeación,
como es conocido y debido a los procesos involucrados,
requiere de varios meses. Como puede verse en
el texto de la Circular, tiene once objetivos que en
conjunto pretenden mejorar las condiciones de aprendizaje
de los estudiantes. El Coordinador Académico
y la Coordinadora de Certificación y Registro han acudido
a diversos planteles a explicar el contenido de las
Circulares, y lo seguirán haciendo.
Por otra parte, en su sesión ordinaria del 20 de octubre,
el Consejo Universitario analizó el tema de las
Circulares y rechazó, por mayoría de votos, suspender
los efectos de las mismas. En cambio, aprobó que los
titulares de las Coordinaciones Académica, de Certificación
y de Planeación se reunieran con las Comisiones
de Asuntos Académicos y de Planeación Institucional
del Consejo, para abordar dicho tema. Los titulares de
las Coordinaciones cumplieron con la resolución del
Consejo Universitario.
Además, debe aclararse que la Circular sobre el
Procedimiento de Elaboración de Oferta de Cursos,
Mallas Horarias y Asignación de Cargas Docentes para
el Semestre 2011-I sólo tendrá efectos precisamente
para ese semestre, el 2011-I. Será así debido a que,
en cumplimiento del Artículo Quinto Transitorio del
Estatuto General Orgánico, la Rectoría ha entregado
al Consejo Universitario una propuesta de reorganización
administrativa para redistribuir, desconcentrar y
descentralizar atribuciones de las áreas generales, de
apoyo académico, administrativo y de servicios.
De esta manera, es el Consejo Universitario el órgano
que determinará el procedimiento para elaborar
la oferta de cursos, las mallas horarias y la asignación
de cargas docentes para los semestres posteriores al
2011-I.
NADA HUMANO ME ES AJENO
COORDINACIÓN ACADÉMICA

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